En el archipiélago canario, se encuentran en vigor un total de 28.276 Manifestaciones Anticipadas de Voluntad (MAV), de las cuales aproximadamente el 64 por ciento pertenecen a mujeres y el 36 por ciento a hombres.
Durante el año 2025, la Consejería de Sanidad del Gobierno de Canarias registró 4.611 MAV, de las que 2.994 fueron realizadas por mujeres, lo que representa un 63,87 por ciento, mientras que 1.617 fueron llevadas a cabo por hombres, alcanzando un 35,06 por ciento. Este dato refleja un notable incremento del 26,6 por ciento en comparación con las 3.642 MAV registradas en 2024.
De las 4.611 MAV registradas en 2025, la mayoría, un 86 por ciento, se formalizaron ante funcionarios públicos de la consejería de Sanidad. Un 13 por ciento, es decir, 632 MAV, se realizaron ante notarios, y solo 15 se llevaron a cabo ante testigos, lo que equivale al 0,33 por ciento del total.
Distribución Geográfica de las MAV
Analizando el desglose por islas, se observa que en 2025, El Hierro registró 22 MAV; La Gomera, 15; La Palma, 161; Tenerife, 1.667; Gran Canaria, 2.035; Fuerteventura, 263; y Lanzarote, 443. Además, hay cinco MAV correspondientes a personas residentes en municipios no canarios.
Propósito de las Manifestaciones Anticipadas de Voluntad
Las MAV tienen como objetivo principal permitir que las personas expresen por escrito sus preferencias e instrucciones respecto a los cuidados de salud y tratamientos médicos que desean recibir o rechazar. Esto asegura que, en caso de que el otorgante no pueda comunicarse por sí mismo, el personal sanitario respete sus deseos y actúe conforme a ellos.
Además, la MAV permite designar a uno o varios representantes de confianza para que velen por el cumplimiento de las instrucciones y valores expresados en el documento.
Contenido Esencial de la MAV
Este documento es fundamental para que una persona pueda dejar constancia de sus preferencias en cuanto a:
- Aceptación o rechazo de tratamientos y procedimientos médicos específicos.
- Valores personales y objetivos vitales en relación con el final de la vida.
- Donación de órganos o del cuerpo tras la muerte.
- Decisión respecto a la eutanasia, conforme a la Ley Orgánica 3/2021, de 24 de marzo.
El personal de salud está obligado a respetar lo estipulado en la MAV siempre que el paciente se encuentre en la situación clínica para la que fue elaborada el documento.
Procedimientos para Realizar una MAV
Las Manifestaciones Anticipadas de Voluntad pueden formalizarse de tres maneras:
- Ante funcionarios habilitados: Las personas interesadas deben solicitar una cita previa llamando al 012 (o a los números 928 301 012 y 922 470 012 dependiendo de la isla) para ser informadas sobre los puntos de atención y citas disponibles.
- Ante notarios: A través de un convenio entre la Consejería de Sanidad y el Colegio Notarial de Canarias, es posible realizar la MAV de manera gratuita ante un notario. Para ello, se debe solicitar una autorización notarial mediante el teléfono 012.
- Ante tres testigos: Si se opta por esta modalidad, los testigos deben ser mayores de edad, con plena capacidad y sin vínculos cercanos con el otorgante. Para la inscripción de la MAV, se debe presentar el documento firmado por el otorgante y los testigos, junto con las copias de identificación correspondientes.
Adicionalmente, desde noviembre de 2025, se ha implementado un nuevo convenio que permite completar la MAV de manera online y formalizarla ante testigos designados por el Colegio de Médicos de Las Palmas, quienes también se encargarán de su envío al registro correspondiente. Para acceder a este servicio, se debe visitar la página web del Colegio de Médicos de Las Palmas.

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