octubre 18, 2026

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México impone nuevas reglas a plataformas digitales para combatir la violencia en línea sin sanciones efectivas

México impone nuevas reglas a plataformas digitales para combatir la violencia en línea sin sanciones efectivas

La presidenta de México, Claudia Sheinbaum, ha firmado un decreto que busca la creación de espacios digitales seguros para niñas, niños y adolescentes. Esta iniciativa establece una serie de requisitos que las plataformas digitales deberán cumplir para proteger a los usuarios más jóvenes de contenidos que fomenten la violencia, el acoso y conductas autodestructivas. A pesar de la obligatoriedad de estas disposiciones, el decreto no contempla sanciones para aquellos servicios que no se ajusten a la normativa.

La consejera jurídica del Ejecutivo Federal, Luisa María Alcalde, explicó que el decreto se fundamenta en el artículo 101 Bis de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, que impone al Estado la responsabilidad de garantizar un acceso seguro a Internet, con medidas específicas para prevenir y abordar incidentes de ciberacoso y otras agresiones que puedan dañar la privacidad y dignidad de los menores.

Alcalde detalló que el gobierno mantuvo conversaciones con representantes de varias empresas tecnológicas para discutir el contenido del decreto y su implementación. Destacó que se llegó a un acuerdo con compañías como Meta, Microsoft, Apple, TikTok, X (anteriormente Twitter), Google y Huawei. “Apreciamos la disposición de estas plataformas, que han comprendido la importancia de contar con un marco regulatorio de este tipo. Además, han compartido sus avances en la identificación y eliminación de contenidos nocivos”, comentó.

Directrices del Decreto

El decreto establece de manera clara que los servicios digitales tienen prohibido permitir el acceso o la exposición de los usuarios más jóvenes a contenidos que promuevan las siguientes conductas:

  • Discursos de odio y extremismo violento.
  • Abuso, explotación y violencia sexual.
  • Suicidio, autolesiones y trastornos alimenticios.
  • Violencia en el entorno escolar.
  • Acoso y ciberacoso.
  • Conductas ilícitas.
  • Material sexual explícito.
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Las empresas tecnológicas deberán asegurar desde el diseño de sus plataformas la protección de niñas, niños y adolescentes. Para ello, estarán obligadas a implementar mecanismos de verificación de edad, herramientas de supervisión parental y sistemas de denuncia. También deberán clasificar los materiales según la edad y retirar de manera inmediata cualquier contenido que promueva la violencia.

Además, las plataformas tendrán que colaborar con las autoridades de seguridad y procuración de justicia, estableciendo un punto de contacto disponible las 24 horas para atender las solicitudes de información, preservar evidencias y alertar sobre contenidos que amenacen la vida.

Tras su publicación en el Diario Oficial de la Federación, las plataformas dispondrán de 30 días naturales para informar sobre las acciones que implementen para cumplir con las disposiciones. La supervisión de este proceso recaerá en la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones (ATDT).

Desafíos de la Nueva Regulación

A pesar de la obligatoriedad del decreto, es relevante señalar que no se ha establecido un esquema de sanciones para las plataformas que no cumplan con las disposiciones. La presidenta Sheinbaum indicó que, si se observa un incumplimiento, se podría considerar una legislación adicional que contemple sanciones para las empresas.

Alcalde también mencionó que la disposición encomienda a la Consejería Jurídica la creación de una mesa de trabajo para coordinar posibles regulaciones complementarias que fortalezcan la protección en los espacios digitales. Aunque el gobierno federal considera que este decreto es un paso significativo para que las plataformas asuman su responsabilidad en la difusión de contenidos violentos, algunos expertos señalan que presenta vacíos que podrían comprometer su efectividad.

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El decreto define las obligaciones de las plataformas digitales como servicios de Internet que facilitan la interacción y el intercambio de contenidos. Sin embargo, el titular de la ATDT, José Antonio Peña Merino, aclaró que los servicios de mensajería cifrada no estarían sujetos a estas normas. “Precisamente en esos canales, así como en los chats de videojuegos mencionados por la presidenta, es donde más probablemente se originen situaciones que motivaron la creación del decreto”, afirmó Gerardo Flores, especialista en telecomunicaciones.

Consideraciones sobre la Libertad de Expresión

Flores también destacó que el decreto presenta “omisiones de fondo”. “No se ha explicado cómo se determinará quién es menor de edad, un aspecto crucial para que las prohibiciones sean efectivas. Además, términos como ‘conductas ilícitas’ o ‘discursos de odio’ carecen de una definición clara, lo que delega a las plataformas la responsabilidad de decidir qué está prohibido”, añadió.

Fernando Gutiérrez Cortés, director de la División de Humanidades y Educación del Tecnológico de Monterrey, coincidió en que el decreto incluye definiciones ambiguas que podrían poner en riesgo la libertad de expresión. “Es crucial que se definan estos términos con precisión, ya que la libertad de expresión está en juego. Documentar la violencia no implica necesariamente promoverla; un periodista puede cubrir un conflicto armado sin incitar a la violencia, lo mismo que un investigador que estudie movimientos extremistas”, concluyó el académico en una reciente entrevista.